Durante la Sesión Ordinaria del 16 de Noviembre de 2010, finalizó la revisión del texto completo aprobado de la Carta Orgánica Municipal. Este trabajo demandó la realización de seis (6) reuniones en las que los Convencionales Titulares y Suplentes que participaron, mas el aporte de algunos vecinos que asistieron a las mismas.
Se efectuó una lectura total de todo el articulado aprobado y a partir de las propuestas de ambos bloques se efectuaron modificaciones y adecuaciones en cuanto a la correspondencia y coherencia integral del texto. Asà también se introdujeron correcciones  ortográficas, de redacción y  de sintaxis, todas ellas en el aspecto formal del texto.
La única modificación sustancial, se introdujo al ArtÃculo 128, referido a las condiciones para ser electo intendente. En este punto se modificó la edad que previamente se habÃa aprobado por unanimidad. Los Convencionales consideraron el antecedente introducido recientemente por la Legislatura Provincial en cuanto a la edad mÃnima que establece la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 257) para ser intendente. Si bien esta Ley con sus modificatorias no abarca a los Municipios con Carta Orgánica, se la consideró para el análisis, al igual que la edad mÃnima establecida en la Constitución Provincial para ser Gobernador y las sugerencias que hicieran llegar distintos miembros de la comunidad.
A partir de ello y efectuado el análisis conjunto, por unanimidad se resolvió modificar la edad mÃnima de 35 años para ser electo intendente, llevándola a 30 años.
En la próxima sesión se analizarán los proyectos de Disposiciones Transitorias que se deben aplicar en forma momentánea, sobre algunos aspectos particulares,  al entrar en vigencia la Carta Orgánica. Esta sesión se efectuará el Martes 23 a las 20, 30 hs.
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Info: SecretarÃa














